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Prácticas no laborales y acadèmicas: obligación de cotizar

cotizar en prácticas

Se establece la obligatoriedad de cotizar para las personas que realicen prácticas formativas, practicas no laborales o prácticas académicas, aunque no tengan carácter remunerado.

Las prácticas formativas comprenden tanto los alumnos universitarios como los alumnos de formación profesional de grado medio o superior. El gobierno, en el plazo de tres meses, procederá a desarrollar la forma de cotizar para las personas que realicen estas prácticas.