Se declara nula la posibilidad del SEPE de exigir acreditación de haber percibido la indemnización por despido para acceder a la prestación de desempleo.
El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional y nula la norma que recogía la posibilidad del SEPE de exigir a los trabajadores que hayan sido despedidos acreditación de haber percibido la indemnización legal correspondiente. En caso de que la indemnización no se hubiera percibido, ni se hubiera interpuesto demanda judicial en reclamación de dicha indemnización o de impugnación de la decisión extintiva, o cuando la extinción de la relación laboral no lleve aparejada la obligación de abonar una indemnización al trabajador, se reclama la actuación de la Inspección a los efectos de comprobar la involuntariedad del cese en la relación laboral.
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