Leemos en el portal Idealista.com que tanto el Tribunal Constitucional como el Tribunal Supremo «avalan que el contribuyente que ha comprado y vendido una casa a pérdidas no pague la plusvalía municipal».
No se aplicaba este criterio para aquellos que hubieran recibido o transmitido en herencia o por donación una vivienda con pérdidas. Ahora, el Tribunal Supremo aclara que estos también están exentos del pago de la plusvalía municipal, en contra del criterio de Hacienda, puesto que también en caso de herencia es posible acreditar que se ha transmitido en pérdidas, aportando las escrituras de adquisición y transmisión del terreno.
Esta sentencia del Supremo pondrá freno a prácticas habituales de los ayuntamientos que perjudicaban a los contribuyentes que reclamaban la devolución de la plusvalía municipal.
Por otra parte, cada vez más juzgados permiten actualizar los valores de venta de una casa conforme al IPC para que el vendedor de una vivienda aflore la pérdida y, por tanto, no deba pagar la plusvalía.