En la campaña de este año, hay 8 cambios a tener en cuenta respecto a ejercicios anteriores:
Deducción por maternidad. Ha aumentado 1.000 euros en 2018 para aquellas contribuyentes que tengan gastos de custodia (alimentación, inscripción y matrícula en guardería) por cada hijo menor de 3 años. Hasta ahora la deducción era de 1.200 euros.
Exención de las retenciones por baja de maternidad. Tras la sentencia del Tribunal Supremo del pasado octubre, la prestación por maternidad está exenta de IRPF y no debe constar en la declaración. Además, es posible reclamar la devolución de estas retenciones desde el año 2014. Los contribuyentes que hubieran sufrido retenciones por las prestaciones de maternidad y paternidad de 2018 no deben realizar ningún trámite particular. Su declaración de la Renta de 2018, que se presenta en 2019, ya incorporará las prestaciones como rentas exentas y las retenciones soportadas serán deducibles, según informó el ministerio de Hacienda.
Reducciones por rendimientos de trabajo. Se eleva la reducción desde 3.700 a 5.565 euros para contribuyentes con salarios brutos anuales inferiores a 13.115 euros, frente a los 11.250 euros de 2017. Los que se encuentren entre 13.115 y 16.825 euros, pueden reducirse 5.565 euros menos el resultado de multiplicar por 1,5 la diferencia entre los rendimientos del trabajo y 13.115 euros.
Deducción por inversión en startups. Ha aumentado diez puntos, hasta un 30%, la deducción de los fondos que se dediquen a acciones o participaciones en nuevas empresas. El límite máximo a deducir también ha aumentado, desde 50.000 a 60.000 euros anuales.
Deducción por familia numerosa. Se incrementa hasta 600 euros anuales por cada hijo que supere el número mínimo para ser considerado familia numerosa, es decir, a partir del tercero. Además, esta deducción se ha abierto a cónyuges no separados legalmente con discapacidad, siempre que no tenga rentas anuales no exentas superiores a 8.000 euros. En este caso, la deducción podrá ser de hasta 1.200 euros anuales. Solo se podrán aplicar entre los meses de agosto a diciembre de 2018.
Deducción a familias residentes en territorio comunitario. Los miembros de familias que tengan su residencia fijada en uno de los 28 países miembros de la UE o en los 31 países miembros del Espacio Económico Europeo, para equiparar sus condiciones a las de las familias residentes en España, pueden presentar declaración familiar conjunta.
Deducción por rentas obtenidas en las Ciudades Autónomas. Los ingresos que se generen en Ceuta o Melilla disfrutarán en la Renta 2018 de una deducción del 60%. Podrán acogerse a esta ventaja tanto los residentes en estos territorios extrapeninsulares como quienes obtengan rentas en ellos.
Exenciones progresivas de los premios de Loterías y Apuestas. En los PGE de 2018 se aprobó ampliar el mínimo exento de los premios de la lotería y hacerlo de forma progresiva. En la Renta 2018 los premios de hasta 10.000 euros quedan exentos del IRPF.
Fuente: Business Insider.