IRPF. Sociedad que paga las cotizaciones al régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social (RETA) de sus socios. Consideración del pago de las cuotas del RETA como retribución en especie.
A partir de día 1 de enero de 2019 los trabajadores autónomos cotizarán obligatoriamente por las siguientes contingencias: contingencias comunes, contingencias profesionales, cese actividad y formación.
Con el objeto de incentivar el empleo autónomo en municipios de menos de 5000 habitantes, se establecen las mismas reducciones de la tarifa plana durante los 12 meses siguientes al periodo inicial.
La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 incrementa, a partir del 1-8-2018, las bases en este régimen especial, fijándolas en función de la edad que tenga el trabajador autónomo en dicha fecha.
Se modifica la regulación relativa a la acción protectora de la Seguridad Social de estos trabajadores, fijando como regla general la fecha de devengo de las prestaciones desde el día siguiente al que concurran los requisitos necesarios para causar el derecho. Se ha revisado la normativa …