La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2018 incrementa, a partir del 1-8-2018, las bases en este régimen especial, fijándolas en función de la edad que tenga el trabajador autónomo en dicha fecha. Sin modificación de tipos.
A partir del 1-8-2018, la base máxima de cotización para los trabajadores autónomos es de 3.803,70 €/mes y la base mínima es de 932,70 €/mes.
La base de cotización para los trabajadores autónomos se fija en función de la edad que tengan a fecha 1-8-2018, conforme a unas reglas determinadas, según se tengan menos de 48 años, o 48 o más años.
No obstante, los trabajadores que antes de los 50 años hayan cotizado en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social por espacio de 5 o más años quedan sujetos a otras reglas, que se fijan en función de la última cotización acreditada.
Por otra parte, aquellos trabajadores que no tengan cubierta la protección dispensada a las contingencias derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales han de efectuar una cotización adicional equivalente al 0,10%, aplicado sobre la base de cotización elegida.
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