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Posibilidad de incremento del porcentaje aplicable a la base reguladora de la pensión de viudedad para mayores de 65 años

Prestaciones por fallecimiento

Desarrollo de la posibilidad de incremento del porcentaje aplicable a la base reguladora en caso de que la persona beneficiaria de la pensión de viudedad tenga 65 o más años y que no perciban otra pensión pública, ni otros ingresos por la realización de trabajo o de capital en cuantía relevante.

Con la Ley de Presupuestos para 2018 se hace efectiva la previsión de incremento del porcentaje aplicable a la base reguladora, si bien progresivamente, de manera que se aplica el 56% desde el 1-8-2018, que pasará a ser el 60% a partir del 1-1-2019, siempre que se reúnan y mantengan una serie de requisitos.

La mejora se debe solicitar por la persona interesada, estando obligada a presentar en plazo cualquier variación que pueda suponer la suspensión de la mejora. Asimismo, existen obligaciones y condicionantes específicos para las personas beneficiarias residentes en el extranjero.

Se presume que concurre el requisito de no superar el límite de ingresos previsto, cuando los rendimientos obtenidos de acuerdo con la última información facilitada por la Administración Tributaria no superen el límite establecido para ser beneficiario, en 2018, de la pensión mínima de viudedad.

Para recabar información detallada (requisitos y tratamiento de casos particulares) al respecto del referido incremento, contacte con nuestro gabinete.