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Registro de jornada laboral

registro de jornada laboral

A partir del próximo 12 de mayo las empresas deberán realizar un Registro de Jornada, tanto para los trabajadores a tiempo parcial como para los trabajadores a tiempo completo. Este Registro deberá incluir el horario concreto de inicio y fin de jornada del trabajador. Una vez finalice el mes, la empresa tendrá que hacer copia del registro y entregarla al trabajador juntamente con la nómina.

La empresa conservará estos registros de jornada durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo.