No se tienen en cuenta las rentas de la unidad familiar para acceder al subsidio de mayores de 55 años, al haberse declarado inconstitucional y nulo.
Para poder acceder al subsidio de desempleo para mayores de 55 años se venía exigiendo que las rentas de la unidad familiar del solicitante dividida por el número de miembros no superara el 75% del SMI, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.
El Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional y nulo la normativa que incluyó este requisito. En consecuencia, únicamente se tendrán en cuenta las rentas imputables al propio solicitante del subsidio.
Los efectos de la nulidad no afectarán a las situaciones jurídicas consolidadas. Para conocer los detalles al respecto, consulte con nuestro equipo de expertos.