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Medidas de apoyo a la prolongación de la actividad de los trabajadores fijos-discontinuos

estacionalidad

Los Presupuestos Generales mantienen las medidas de apoyo a la prolongación del periodo de actividad de los trabajadores con contratos fijos-discontinuos en los sectores de turismo, comercio vinculado y hostelería

Desde el 1-1-2018 y hasta el día 31-12-2018, las empresas (salvo sector público), dedicadas a actividades encuadradas en los sectores de turismo, comercio y hostelería (vinculadas al sector turístico), que generen actividad productiva en los meses de febrero, marzo y de noviembre y que inicien y/o mantengan en alta durante dichos meses la ocupación de los trabajadores con contratos de carácter fijo discontinuo, pueden aplicarse una bonificación en dichos meses del 50% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, recaudación conjunta de Desempleo, FOGASA y Formación Profesional.