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Criterio técnico sobre la actuación de la ITSS en materia de registro de jornada

Registro de jornada

El Registro de jornada debe ser un sistema objetivo, fiable y accesible.

En cuanto al contenido, la ley dice que el registro deberá ser diario y que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo, por tanto, no exige expresamente el registro de las interrupciones o pausas que no tengan carácter de tiempo de trabajo. Pero mediante acuerdo de empresa el registro podrá organizarse de manera que incluya las interrupciones o pausas que se consideren. Hay que tener en cuenta que el registro utilizado debe ofrecer una versión adecuada y completa del tiempo de trabajo efectivo ya que podría presumirse que es jornada laboral todo aquella que transcurre entre el inicio y fin de jornada. Por tanto, es conveniente que en el registro se reflejen las pausas o interrupciones que no sean consideradas como trabajo efectivo.

En cuanto a la conservación del registro de jornada, las empresas conservarán estos registros durante cuatro años. Estos registros deberán permanecer a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Esto puede interpretarse en un doble sentido:

  • Que sea posible acceder a dichos registros en cualquier momento.
  • Que tienen que estar o permanecer físicamente en el centro de trabajo, o ser accesible desde el mismo de manera inmediata.

En el caso de que el registro se haya instrumentado en formato papel, a efectos de su conservación podrá archivarse en soporte informático mediante el escaneo de los documentos originales.

En cuanto a la organización y documentación del registro, debe ser un sistema de registro objetivo que garantice la fiabilidad, veracidad y no alteración a posteriori de los datos.

El registro ha de ser documentado, por lo que en aquellos casos en que el registro se realice por medios electrónicos o informáticos, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social podrá requerir en la visita la impresión de los registros correspondientes al periodo que se considere.

Ante cualquier duda pónganse en contacto con nuestro departamento de laboral, quedamos a su disposición.